Vinculación laboral
Talleres para buscadores de empleo. Son reuniones en las que de manera dinámica y con ayuda de una consejera de empleo intercambian puntos de vista para identificar su problemática y las alternativas para superarla. Son espacios en los cuales las personas aprenden técnicas, desarrollan habilidades, aprenden a conservar su empleo y lograr una superación ocupacional constante.
Información General
Nombre Ciudadano Taller para buscadores de empleo
Modalidades Presencial Portal Web
Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)
Folio SON-ST-81-0293-AD
Publicación 2020-03-24 10:30:22
Nivel Estatal
Clasificación Servicio
Tipo Empresarial
Sector Servicios Gubernamentales
Dependencia / Entidad Secretaría del Trabajo
Unidad Administrativa Servicio Nacional de Empleo, Sonora.
Contacto
Nombre Lic. Lizeth Acedo Fuentes
Correo Electrónico lizethacedo@gmail.com
Teléfono (1): 662-212-0010 Ext.
¿Cuáles son los Criterios de Resolución?
Acudir al SNE para recibir Taller para Buscadores de Empleo, en bolsa de trabajo.
¿En qué casos se realiza el trámite o servicio?
El servicio debe realizarse siempre y cuando al solicitante de empleo le interese participar en el Taller para Buscadores de Empleo o la consejera de empleo se lo recomiende por tener varias entrevistas y aun así no encontrar empleo.
¿Cuáles son los pasos para realizar el trámite o servicio?
1. Verificar en pagina www.empleo.gob.mx calendario de talleres, 2. Acudir en la bolsa de trabajo del SNE y presentarse en recepción para indicar que participara en el taller, 3. Escuchar Taller para Buscadores de Empleo y 4. Pasar a entrevista con consejera de empleo designada.
¿Personalidad jurídica?
Persona física
Observaciones Para conocer el calendario de los talleres para buscadores de empleo consultar el portal del empleo www.empleo.gob.mx o acudir a la oficina del SNE más cercana a su domicilio.
Palabras clave
Domicilios
Centro de Gobierno
Domicilio
Calle Paseo Río Sonora
Colonia Proyecto Río Sonora Hermosillo XXI
No. Int. s/n
No. Ext. s/n
Municipio Hermosillo
Localidad Hermosillo
C.P. 83270
Correo Electrónico lizethacedo@gmail.com
Teléfonos
Teléfono (1): 662-212-0010 Ext.
Referencias
Centro de Gobierno bajo el puente.
Horarios
Instrucciones
Lunes | Martes | Miércoles | Jueves | Viernes | Sábado | Domingo |
---|---|---|---|---|---|---|
08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | 08:00 - 15:00 | - | - |
Costos
Gratuito
Descripción Gratuito
¿Tiene Vigencia? No
Tiempo de Respuesta
Tiempo de Respuesta 30 Minuto(s)
Afirmativa/Negativa Ficta
¿Aplica? No aplica
Requisitos
Personas buscadoras de empleo de 18 años en adelante
Presentar mediante Otro (Presencial )
Comprobantes
No se genera comprobante
Fundamentos Jurídicos
Reglas de operación del programa de apoyo al empleo
Capítulo
Artículo 8
Fracción I, II, III, VI, X, XI
Párrafo
Numeral
Inciso
Cita textual de la normatividad
A la Subsecretaria de Promoción del Empleo y Productividad le corresponden las
siguientes atribuciones:
I.- Coordinar y vigilar el funcionamiento del Servicio Estatal del Empleo, así como la debida ejecución de los programas y acciones del Servicio Nacional del Empleo derivados de los convenios y acuerdos de coordinación que celebre el titular del Ejecutivo del Estado con las autoridades competentes del Gobierno Federal;
II.- Proponer al Secretario la celebración de convenios de coordinación con las dependencias y entidades competentes de la administración publica federal, estatal, y municipales, así como la celebración de convenios de concertación con el sector privado, para impulsar la participación y complementariedad de los actores que intervienen en el mercado de trabajo, con el fin de fomentar el empleo y la productividad;
III.- Promover la celebración de convenios con los Ayuntamientos de los municipios del Estado, para la creación de fuentes de trabajo en beneficio de los grupos que requieren atención especial;
VI.- Llevar un registro de las agencias de colocación en el Estado, verificando que cumpla con las disposiciones legales en la materia;
X.- Diseñar, desarrollar y establecer mecanismos que permitan una vinculación directa entre oferentes y demandantes de mano de obra, promoviendo el desarrollo de la habilidades laborales y el nivel de vida; y
XI.- Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, y las que le encomiende el Secretario;