1.- El usuario recibe atención médica por parte de cualquier institución pública o privada.
2.- El médico que atiende al usuario determina la necesidad de traslado aéreo (dentro del Estado de Sonora) en virtud de la urgencia diagnosticada.
3.- El médico tratante, el usuario o tercera persona se comunica al servicio telefónico de urgencias 911 informando de la situación y solicitando el servicio de traslado en ambulancia aérea.
4.- En el desarrollo de la llamada se analiza la solicitud de traslado del usuario en la ambulancia aérea, dando respuesta inmediata de aceptación o rechazo del servicio en cuestión.