Expedición de Placas de Circulación
Secretaría de Hacienda / Dirección General de Recaudación
Expedición de placas para vehículos de distintos tipos: todo vehículo debe portar los elementos de identificación vehicular a que hace referencia la Ley de Control Vehicular para el Estado de Sonora, mismos que consisten en: placa o placas metálicas, calcomanía de identificación y tarjeta de circulación, vigentes.
Las placas que se expidan para la circulación de vehículos a partir del 2014 tendrán el carácter de permanentes por lo que sólo se efectuará la reposición de placas en caso de pérdida, robo o daño, en este último caso, cuando el deterioro sea tal que dificulte la identificación de éstas.
En los años sucesivos y hasta la vigencia de las placas deberá efectuarse la revalidación anual de las mismas en los primeros tres meses de cada año.
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