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Secretaría de Hacienda / Dirección General de Recaudación
Aviso por cambios de Razón o Denominación Social de contribuyentes con obligación de ISRTP
Esta modalidad pertenece al Trámite de Inscripción y Cambios en el Registro Estatal de Contribuyentes de Nómina (ISRTP)
¿En qué consiste?
Información del Trámite
- Presencial
- 100% en línea
Para llevar a cabo el trámite de modificaciones en el Registro Estatal de Contribuyentes de un negocio, las personas físicas o morales deberán dar aviso a la Secretaría de Hacienda del Estado, dentro de los 30 días siguientes a aquel en que incurran el cambio de razón o denominación social.
¿Qué se requiere?
Requisitos
Documento | Especificaciones | Tipo de documentos | Presentar en | Descargar | |
---|---|---|---|---|---|
1. | Llenar Formulario de Usos Múltiple debidamente firmado | Puede capturarse electrónicamente el Formulario de Usos Múltiples en la siguiente liga: https://recaudacion.sonora.gob.mx/contribuyentes/formatos/formulario-de-uso-multiple/ | Formato | Original (1) / Copia (2) | Descargar documento |
2. | Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal | Credencial para votar vigente, licencia de conducir, pasaporte mexicano vigente o cartilla militar liberada y en el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma o la Clave Única de Registro de Población. Tratándose de extranjeros, éstos podrán identificarse con el documento migratorio vigente emitido por autoridad federal competente o el pasaporte respectivo. |
Documento oficial | Original (1) / Copia (1) | N/A |
3. | Acta de Asamblea protocolizada donde conste el cambio de razón o denominación social | Documento oficial | Original (1) / Copia (1) | N/A | |
4. | Aviso de Cambio de Razón o Denominación Social presentado ante el SAT o Constancia de Situación Fiscal actualizada | Documento oficial | Original (1) / Copia (1) | N/A | |
5. | Aviso de Cambio de Razón o Denominación Social ante el IMSS, o cualquier otra institución de seguridad social legalmente reconocida | Documento oficial | Original (0) / Copia (1) | N/A |
¿Cómo lo realizo?
Canales de Presentación
100% en línea
1. | Enviar la documentación requerida al correo electrónico altacontribuyente@haciendasonora.gob.mx |
2. | Una vez recibida y validada la documentación requerida para el trámite de cambio en el Registro Estatal de Contribuyentes con la obligación del ISRTP, se procederá a realizar el cambio en el padrón, se emitirá la impresión del detalle generado del sistema y se remitirá vía electrónica. |
3. | Concluido el trámite de cambio en la obligación del ISRTP, el contribuyente podrá generar la constancia del Registro Estatal de Contribuyentes en el portal de mi cuenta única https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login. |
4. | En caso de requerir recuperar o modificar el acceso a la cuenta única se debe solicitar al correo infocontribuyente@sonora.gob.mx. |
Presencial
1. | Acudir a la Agencia o Sub-Agencia Fiscal de su domicilio fiscal, con toda la documentación requerida. |
2. | Una vez recibida y validada la documentación requerida para el trámite de cambio en el Registro Estatal de Contribuyentes con obligación del ISRTP, la autoridad procederá a su cambio en el padrón de Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal. El contribuyente recibirá un formato impreso con la actualización en el sistema. |
3. | Concluido el trámite de cambio en el padrón de Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, el contribuyente podrá generar la constancia del Registro Estatal de Contribuyentes en el portal de mi cuenta única en https://cuentaunica.siiafhacienda.gob.mx/Account/Login. |
¿Dónde lo realizo presencial?
Lugares de Atención
¿Cuánto cuesta?
Costos
Concepto | Notas | Vigencia | Tipo | Costo | |
---|---|---|---|---|---|
1. | Gratuito | Sin vigencia | Fijo | $0.00 |
Momento en el que se debe realizar el pago: No aplica
¿Plazos y criterios de resolución?
Plazos y Criterios de Resolución
¿Cuál es el resolutivo que usted obtendrá?
Otro : Inscripción en el Registro/ Actualización de datos en el registro
¿Cuál es el plazo de resolución por parte de la dependencia, entidad u organismo?
Tiempo: 3 Día(s) Hábiles
Al pasar el plazo señalado de resolución, ¿Aplica aprobación por afirmativa ficta?
No aplica